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dc.creatorConsejo Nacional de Política Económica y Social
dc.date.accessioned2024-04-05T19:49:15Z
dc.date.available2024-04-05T19:49:15Z
dc.date.issued2023-12-21
dc.identifier.citationConsejo Nacional de Política Económica y Social (2022), Documento Conpes 4128 del 21 de diciembre de 2024, Reajuste de Avalúos Catastrales para la Vigencia 2024spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/40899
dc.description.abstractDe acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.2.1.1 del Decreto 148 de 20205 que modificó parcialmente el Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1170 de 2015, el catastro se define como el inventario de los bienes inmuebles, de dominio público o privado, localizados en el territorio nacional, independiente de su tipo de tenencia; asimismo define que éste debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr la identificación física, jurídica, y económica, de dichos bienes, con base en criterios técnicos y objetivos. Así, en la práctica, a través del ejercicio de la gestión catastral es que se establece el avalúo catastral. En este sentido, el artículo 2.2.2.1.1. del Decreto 1170 de 2015, definió el avalúo catastral como el valor de un predio que resulta de un ejercicio técnico y que cumple la restricción de no poder ser inferior al 60 % del valor comercial o superar el valor de este último. La importancia del establecimiento del avalúo catastral radica, entre otros, en ser la base para el cálculo del impuesto predial, el cual constituye una de las principales fuentes de ingresos de las entidades territoriales, que en 2022 representó el 31 % de los ingresos tributarios municipales, superado solo por el Impuesto de Industria y Comercio que presentó un mayor crecimiento llegando a representar el 40 % de los ingresos tributarios de los municipios. Por lo anterior, resulta de vital importancia llevar a cabo anualmente el reajuste de los avalúos catastrales. Se trata de un esfuerzo por reflejar la realidad patrimonial de los bienes inmuebles, en un contexto en el que la desactualización catastral es el estado que predomina en el 60,48 % del área urbana y en el 87,77 % del área rural de los municipios del país. Según información del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) para la vigencia 2023, de un total de 1.123 municipios, el 79,79 % presenta desactualización catastral de más de 10 años en la zona urbana y 82,55 % en la zona rural.spa
dc.language.isoesspa
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/*
dc.sourceDepartamento Nacional de Planeaciónspa
dc.sourceMinisterio de Hacienda y Crédito Públicospa
dc.sourceMinisterio de Agricultura y Desarrollo Ruralspa
dc.sourceDepartamento Administrativo Nacional de Estadísticaspa
dc.sourceInstituto Geografico Agustin Codazzispa
dc.subjectCatastral--Avalúos--Catastrospa
dc.titleConpes 4128 del 21 de diciembre de 2024, Reajuste de Avalúos Catastrales para la Vigencia 2024spa
dc.title.alternativeConpes 4128 del 21 de diciembre de 2024spa
dc.description.departamentoBOGOTÁ, D. C.spa
dc.description.municipioBOGOTÁ, D.C.spa
dc.type.spaLeyes y Decretosspa
dc.publisher.corporativoConsejo Nacional de Política Económica y Social
dc.description.lugarBogota DCspa


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