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MI-0644-RIO CHICAMOCHA.pdf (18.11Mb)
Titles alternatives
Cuenca Alta del Río Chicamocha
Date
2009-11-01
Author
Corpoboyacá
Key words
Disposición de aguas residuales - Cuenca del Rio Chicamocha (Colombia)
Aguas residuales - Cuenca del Rio Chicamocha (Colombia)
Gestión ambiental - Cuenca del Rio Chicamocha (Colombia)
URI
http://hdl.handle.net/20.500.11762/931
Collections
  • Producción editorial [17]
Metadata
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Implementación tasas retributivas por vertimientos puntuales determinación de la meta global de descontaminación

Abstract
"Las Tasa Retributivas en Colombia, están reglamentadas desde el Decreto 2811/1974 (Código de los Recursos Naturales y del Medio Ambiente), el cual regula la utilización directa o indirecta de los recursos naturales entre ellos el Agua. En el artículo 18. En 1984 se aprueba el Decreto 1594, que reglamenta el Código de los recursos naturales en lo referente a la administración de los vertimientos líquidos en Colombia. Dicho decreto fija las normas para administrar la calidad de vertimientos puntuales a cuerpos de agua y sistemas de alcantarillado, establece las cargas máximas permisibles por fuente, los tipos de sustancias y sus concentraciones permitidas, el ordenamiento y la reglamentación de las cuencas, entre otros. Como deber del Estado Colombiano para la protección a la diversidad e integridad del ambiente, la conservación, restauración, sustitución, aprovechamiento racional de los recursos naturales, y garantizar el derecho constitucional de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano y hacerlo efectivo se materializó la Ley 99 de 1993 en la que se radicó en cabeza de las Corporaciones Autónomas Regionales la ejecución de las políticas, planes y proyectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales renovables, esta Ley previó que la acción para la protección y recuperación ambiental del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado'. El artículo 42 de la Ley 99 de 1993 establece las Tasa Retributivas y Compensatorias, por el uso directo o indirecto del agua como ""basureros"" donde se arrojan desechos y por la compensación de los gastos de mantenimiento de la renovabilidad de los recursos. El recaudo de las tasas son ingresos de las autoridades ambientales regionales. "

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