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dc.creatorVelez García, Roberto Carlos
dc.date.accessioned2024-01-29T17:08:15Z
dc.date.available2024-01-29T17:08:15Z
dc.date.issued2023-09-08
dc.identifier.citationUNGRD. (2023). Respuesta asesoría sobre procedimiento con radicado: 2023ER15507.spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/40782
dc.description.abstractDe manera atenta me permito solicitar su valiosa colaboración dando su asesoría lo más pronto posible sobre el caso que a continuación expongo y una vez se revise se determine si es viable o no declarar la calamidad pública. En el corregimiento de la Regina Municipio de Candelaria Valle, hay un tanque elevado que anteriormente prestaba el servicio de Acueducto Comunitario, hace aproximadamente cinco (5) años la localidad se conectó al acueducto regional quedando el mencionado tanque en desuso, con el trascurrir del tiempo su estructura o columnas de sostén ha sufrido deterioro y de acuerdo al concepto técnico del ingeniero estructural está en riesgo de ruina o colapso.spa
dc.language.isoesspa
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/*
dc.subjectTanque de agua--Conceptos jurídicosspa
dc.titleRespuesta asesoría sobre procedimiento con radicado: 2023ER15507spa
dc.title.alternativeDeclaratoria de calamidad – Requisitos – Responsabilidad de las Entidades Públicas y Prvadas Encargadas de la Prestación de Servicios Públicos en la Gestión del Riesgo de Desastres – Art. 42 Ley 1523 de 2023 – Demolición tanque elevado. 2023EE08822.spa
dc.description.departamentoBOGOTÁ, D. C.spa
dc.type.spaNormatividadspa
dc.publisher.corporativoUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres


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