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dc.creatorConcha Sandoval, Álvaro José
dc.date.accessioned2024-01-29T17:15:06Z
dc.date.available2024-01-29T17:15:06Z
dc.date.issued2023-05-02
dc.identifier.citationUNGRD. (2023). Respuesta derecho de petición con radicado: 2023ER07661.spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/40783
dc.description.abstract“Por medio del presente y con el acostumbrado respeto, teniendo en cuenta el marco de la calamidad pública declarada en el Municipio de Turbaco – Bolívar bajo decreto 168 del 09 de noviembre del 2022; sobre la cual se establecieron planes de acción relacionados con la rehabilitación y reconstrucción de diferentes sectores del municipio que se encontraban en riesgo empero que a la fecha se encuentra vencida, de manera comedida me permito solicitar aclaración sobre ¿cuál o cuáles serían las operaciones pertinentes para continuar con la ejecución, suspensión o prorroga de las acciones plasmadas en el decreto referido?, dejando por sentado que actualmente se encuentra una calamidad de carácter nacional declarada con decreto 2113 del 01 de noviembre del 2022spa
dc.language.isoesspa
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/*
dc.subjectCalamidad pública--Turbaco (Bolívar)-- Conceptos jurídicosspa
dc.titleRespuesta derecho de petición con radicado: 2023ER07661spa
dc.title.alternativeDeclaratoria de calamidad – Requisitos – PAE.2023EE04660spa
dc.description.departamentoBOGOTÁ, D. C.spa
dc.type.spaNormatividadspa
dc.publisher.corporativoUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres


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Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
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