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dc.date.accessioned2025-02-04T19:38:15Z
dc.date.available2025-02-04T19:38:15Z
dc.date.issued2024-09-23
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/41137
dc.description.abstractModificar el artículo No. 7 de la Resolución No. 0278 de 2023, el cual quedará como sigue: "Artículo 7. La ejecución del proyecto de suministro de asistencia alimentaria será por noventa días de prestación efectiva, conforme la propuesta presentada, contados a partir del día acordado entre la respectiva organización y la UNGRD, sin perjuicio de la eventual suspensión de las actividades por razones justificadas y aceptadas". Notificar personalmente, la presente decisión, a la Junta de Acción Comunal Central del municipio de Piojó, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 1437 de 2011spa
dc.language.isoesspa
dc.publisherUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastresspa
dc.rightsCC0 1.0 Universal*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/*
dc.subjectAsistencia alimentariaspa
dc.subjectPiojóspa
dc.titleResolución No. 0858 del 23 de septiembre del 2024. Por la cual se modifica el artículo séptimo de la Resolución No. 0278 del 23 de marzo de 2023spa
dc.description.areaDirección Generalspa
dc.description.vigencia2024spa
dc.description.numresolucion0854spa


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