Otros titulos
Concepto inclusión comunidades indígenas
Fecha
2025-04-15Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [121]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemConcepto inclusión comunidades indígenas. 20250415 - Respuesta. SIGOB 2025EE05872 del 15 de abril de 2025
Resumen
La Ley 1523 de 2012 establece de manera taxativa la composición de los Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastres (CTGRD), en su artículo 28. Dicha disposición incluye a los alcaldes o gobernadores, funcionarios de la administración territorial, representantes de servicios públicos, cuerpos de socorro, Policía Nacional y representantes de entidades ambientales, entre otros. No obstante, no contempla expresamente la participación de actores como la Minga indígena en calidad de miembros con voz y voto dentro de dichos consejos. Sin embargo, la misma normativa permite que los CTGRD inviten a sus sesiones a representantes de organizaciones comunitarias, técnicas, académicas o de relevancia social, con el fin de enriquecer el análisis y la toma de decisiones sobre asuntos específicos. Esta posibilidad de convocatoria se encuentra dentro de las facultades de cada consejo, permitiendo la inclusión de actores relevantes del territorio según sus características sociales, culturales y ambientales
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