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Concepto sobre conmoción interior
Fecha
2025-05-13Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [121]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemConcepto sobre conmoción interior. 20250513 - Respuesta. SIGOB 2025EE07200 del 13 de mayo de 2025
Resumen
No es procedente, en términos legales, utilizar el FNGRD para enviar recursos encaminados al control del orden público o la seguridad interna en el contexto de la conmoción interior si no se enmarcan dentro de los hechos que dotan de competencia al SNGRD. El fondo está jurídicamente concebido para atender desastres naturales o eventos antropogénicos no intencionales, de conformidad con la Ley 1523 de 2012. La declaratoria de conmoción interior no faculta el uso del FNGRD más allá de su objeto legal, pues la intervención del FNGRD en una crisis de carácter antropogénico intencional desbordaría el principio de conexidad y vulneraría la especialidad del gasto, exponiendo a los funcionarios responsables a investigaciones disciplinarias y fiscales, y a posibles pronunciamientos de inconstitucionalidad. Únicamente en casos donde la conmoción coincida efectivamente con un desastre real y no intencional, el FNGRD podría ser usado para la atención específica de la calamidad, sin que se extienda dicha destinación a gastos de seguridad o defensa
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