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dc.creatorOyuela Vargas, Michael
dc.date.accessioned2025-08-22T20:50:46Z
dc.date.available2025-08-22T20:50:46Z
dc.date.issued2025-08-19
dc.identifier.citationUNGRD. (2025). Circular No. 0052 del 19 de agosto de 2025spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/41507
dc.description.abstractEl objetivo de este documento es aclarar y unificar el criterio para la aprobación de cuentas de cobro de los contratos de prestación de servicios, en relación con el requisito establecido en el ítem 33 del formato FR-1605-GF-46; FNGRD lista de chequeo para obligaciones. Dicho ítem estipula que el estado de gestión del SIGOB debe estar sin comunicaciones vencidas. No obstante, hemos identificado situaciones en las que, debido a la naturaleza de ciertos trámites, el tiempo de respuesta puede exceder el plazo establecido en la plataforma, generando un estado de "vencido" a pesar de que el contratista se encuentra ejecutando sus labores de manera diligente y correctaspa
dc.language.isoesspa
dc.rightsCC0 1.0 Universal*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/*
dc.sourceUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastresspa
dc.subjectSIGOBspa
dc.subjectTrámites internosspa
dc.subjectCuenta de cobrospa
dc.titleCircular No. 0052 del 19 de agosto de 2025. Aclaración sobre el estado de gestión de trámites en SIGOB para la aprobación de cuentas de cobrospa
dc.title.alternativeCircular No. 0052 del 19 de agosto de 2025spa
dc.type.spaNormatividadspa
dc.description.lugarBogotáspa


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