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dc.date.accessioned2025-09-04T21:54:31Z
dc.date.available2025-09-04T21:54:31Z
dc.date.issued2025-08-29
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.11762/41531
dc.description.abstractModificar el artículo segundo de la Resolución No. 0382 de 2025, el cual quedará así: Artículo 2. Objeto. El Programa de Comedores Populares de Emergencia consiste en el suministro de hasta dos raciones de comida diaria, cocinada y caliente, a los beneficiarios localizados en una zona en la cual se haya declarado una emergencia o desastre, por el término de noventa (90) días de prestación efectiva del servicio, entregada directamente por parte de organizaciones de la misma comunidad, de acuerdo a lo dispuesto por la presente Resolución, el Manual de Estandarización de Ayuda Humanitaria, la Guía Técnica expedida para el efecto y el instrumento que ordene la prestación en cada caso específicospa
dc.language.isoesspa
dc.publisherUnidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastresspa
dc.rightsCC0 1.0 Universal*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/*
dc.subjectComedores Populares de Emergenciaspa
dc.titleResolución No. 0829 del 29 de agosto de 2025. Por la cual se modifica la Resolución No. 0382 de 2025 en lo concerniente a las raciones del programa de Comedores Populares de Emergencia en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastresspa
dc.title.alternativeResolución No. 0829 del 29 de agosto de 2025spa
dc.description.areaDirección Generalspa
dc.description.vigencia2025spa
dc.description.numresolucion0829spa


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