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Resolución No. 0120 del 16 de febrero de 2026
Fecha
2026-02-16Editorial
Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
Idioma
es
Colecciones
- Resoluciones [539]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResolución No. 0120 del 16 de febrero de 2026. Por medio de la cual se expide el reglamento operativo del Comité Nacional para el Conocimiento del Riesgo
Resumen
Artículo 1. Objeto del reglamento: El presente reglamento establece las normas y procedimientos para el funcionamiento del Comité Nacional para el Conocimiento del Riesgo, de acuerdo con los artículos 20 y 21 la Ley 1523 de 2012, con el fin de garantizar su operatividad, coordinación y cumplimiento de funciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SNGRD. Artículo 2. Naturaleza: El Comité Nacional para el Conocimiento del Riesgo es un órgano asesor y de coordinación del SNGRD, conformado por las entidades establecidas en el artículo 20 de la Ley 1523 de 2012, y con funciones definidas en el artículo 21. Este reglamento aplica a todas las entidades miembros y personas naturales o jurídicas que participen con el comité en el desarrollo de sus funciones. La gobernanza del conocimiento del riesgo en el marco del SNGRD se estructura como un sistema articulado entre el Comité Nacional de Conocimiento del Riesgo, las comisiones técnicas asesoras y las mesas técnicas, donde cada instancia cumple un rol diferenciado pero complementario. El comité nacional actúa como núcleo directivo y coordinador, con responsabilidad estratégica en la formulación de lineamientos, la articulación con políticas públicas y la concurrencia interinstitucional a nivel nacional. Las comisiones técnicas asesoras funcionan como órganos especializados de apoyo y soporte técnico permanente o transitorio. Por su parte, las mesas técnicas operan como espacios de trabajo temático o con énfasis territorial, orientados a le resolución de asuntos específicos. Esta estructura en red permite una gobernanza multinivel, basada en la cooperación técnica, la corresponsabilidad institucional y la gestión eficiente del conocimiento, asegurando que la gestión del riesgo en Colombia esté fundamentada en evidencia, coordinación y participación activa de todos los niveles del Estado y la sociedad
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