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Comunicación Interna 2025IE11112
Fecha
2025-12-03Lugar
Bogotá D.C.
Idioma
es
Tipo de documento
Consultoría
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [144]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemSolicitud de concepto jurídico sobre el régimen aplicable al Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura - FONBUENAVENTURA y la procedencia de celebrar órdenes de prestación de servicios durante la vigencia de la Ley de Garantías Electorales - Ley 996 de 2005 - 20251226 del 3 de diciembre de 2025
Resumen
Mediante la Ley 1872 de 2017, se creó el Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura – FonBuenaventura – como patrimonio autónomo, cuyo objetivo corresponde a promover el desarrollo integral del Distrito de Buenaventura, a través de la financiación o la inversión en proyectos que atiendan las necesidades más urgentes del Distrito y, principalmente, la financiación de un Plan Especial de Desarrollo Integral, con inversiones a 10 años prorrogables, orientadas a convertir al Distrito Especial en un territorio en el que se garanticen plenamente condiciones de bienestar y progreso en materia social, económica, institucional y ambiental para sus pobladores urbanos y rurales. El artículo 2 del Decreto 958 de 2018 establece la naturaleza del Fondo para el Desarrollo Integral del Distrito Especial de Buenaventura – FonBuenaventura - como un patrimonio autónomo, sin estructura administrativa propia, con domicilio en Buenaventura, administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Así mismo, estableció que el Ministerio de Hacienda y Crédito previa autorización de la Junta Administradora del Fondo establecerá mediante Resolución la administración del Fondo en las entidades ejecutora y fiduciaria
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