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Concepto sobre declaratoria de calamidad pública
Date
2025-04-03Place
Bogotá
Language
es
Document type (spa)
Normatividad
Key words
Collections
- Conceptos Jurídicos [121]
Metadata
Show full item recordConcepto sobre declaratoria de calamidad pública - 20250403. RESPUESTA SIGOB 2025EE04774 del 3 de abril de 2025
Abstract
En el caso del municipio de Quipile, Cundinamarca, la calamidad pública fue declarada mediante el Decreto 037 del 19 de abril de 2024, con una duración de seis meses. Posteriormente, se prorrogó por el mismo período a través del Decreto 070 del 12 de septiembre de 2024. Como resultado de esta declaratoria, se elaboró una Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN) y un Plan de Acción Específico (PAE), instrumentos clave para determinar las líneas mediante las cuales se efectuaría la respuesta y la recuperación del territorio afectado. Dado que la normatividad limita la prórroga de la calamidad pública a una única vez, no es posible que el municipio de Quipile, extienda nuevamente la Declaratoria de Calamidad del Decreto 037 del 2024. Sin embargo, el artículo 64 establece que, una vez decretado el retorno a la normalidad, el alcalde debe indicar las formas de cómo continuarán aplicándose las normas especiales habilitadas durante la calamidad pública, las cuales deberán salvaguardar la continuidad de las tareas de rehabilitación y reconstrucción. Es decir que la declaratoria de calamidad pública cumplió con los plazos establecidos en la Ley 1523 de 2012 y no puede ser prorrogada nuevamente
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