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Concepto sobre esquema de vacunación
Fecha
2025-04-09Lugar
Bogotá
Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [121]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemConcepto sobre esquema de vacunación - 20250409_Respuesta. SIGOB 2025IE02829 del 9 de abril de 2025
Resumen
Conforme a las leyes vigentes, el consentimiento informado es un derecho fundamental de las personas, permitiéndoles conocer toda la información sobre el biológico a administrarse. Sin embargo, es importante aclarar que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) no es la entidad responsable de administrar las vacunas ni de gestionar intervenciones médicas. Por lo tanto, no le corresponde emitir un consentimiento informado ni utilizarlo para la no aplicación del esquema de vacunación requerido. Por otra parte, y conforme a la Circular No. 041 del 27 de mayo de 2024, así como al análisis de riesgos realizado por el área de Seguridad y Salud en el Trabajo, se establece que el personal que realice salidas misionales o de apoyo en terreno de zonas endémicas deberá contar de manera obligatoria con el esquema de vacunación contra el tétanos, la hepatitis B y la fiebre amarilla. Esta medida aplica tanto para contratistas, en cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo y como parte de las acciones preventivas exigidas por la entidad. Es importante destacar que, si bien en Colombia la vacunación es voluntaria en términos generales, dentro del marco de la misionalidad de la UNGRD, el esquema de vacunación es obligatorio para los colabores cuyas funciones impliquen desplazamiento a zonas endémicas. La usencia de este requisito puede constituir un incumplimiento de sus responsabilidades si la falta de vacunación les impide desarrollar sus actividades
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