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Circular No. 082 del 14 de septiembre de 2026
Fecha
2026-08-14Lugar
Bogotá D.C.
Idioma
es
Tipo de documento
Normatividad
Palabras clave
Colecciones
- Circulares [138]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemCircular No. 082 del 14 de septiembre de 2026. Lineamientos para la formulación del Plan de Acción Específico - PAE - territorial: departamental, distrital y municipal. Plan de Recuperación - Sismo 10 de agosto de 2026
Resumen
La afectación producida por el sismo y la participación de un territorio en los procesos de evaluación, reporte y atención no generan, por sí solas, la obligación de formular un PAE territorial; para efectos de los presentes lineamientos, y de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 1523 de 2012, su formulación se orienta a los departamentos, distritos y municipios que hayan declarado situación de
calamidad pública con ocasión de las afectaciones derivadas del sismo, dentro del ámbito y vigencia de la respectiva declaratoria, correspondiendo su elaboración y coordinación en la ejecución al respectivo consejo departamental, distrital o municipal de gestión del riesgo, de acuerdo con las orientaciones de la declaratoria
y sus modificaciones. En consecuencia, debe diferenciarse entre. (i) territorios afectados por el sismo, que deben aportar información, participar en la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades y adelantar las acciones que correspondan según sus competencias; y (ii) entidades territoriales que hayan efectuado una declaratoria de calamidad pública, para las cuales estos lineamientos orientan la formulación del PAE territorial
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