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Convenio interadministrativo y contratación derivada - Definición y terminación — Supervisión de convenio interadministrativo – Alcance frente a contratación derivada.
Date
2024-11-01Place
Bogotá
Language
es
Document type (spa)
Normatividad
Key words
Collections
- Conceptos Jurídicos [71]
Metadata
Show full item recordSolicitud Concepto Jurídico 2024IE06191 del 18 de septiembre de 2024 en relación con el Convenio Interadministrativo 9677-CV020-036-2023 celebrado entre el FNGRD y el IGAC y su Contrato Derivado No.8 celebrado entre el IGAC y JE TOURS SAS
Abstract
La UNGRD no hace parte del Contrato No. 8 derivado del Convenio Interadministrativo 9677-CV020-36-2023 y por
lo tanto no tiene competencia ni elemento de juicio suficientes para pronunciarse frente al mismo.
Las únicas funciones de la UNGRD frente al caso expuesto son las adjudicadas por el IGAC y el FNGRD en el citado Convenio Interadministrativo, de las cuales, frente a la ejecución del mismo, únicamente ostentar la de evaluar y hacer seguimiento al avance de las actividades o proyectos emprendidos en desarrollo del objeto convenido, lo cual no implica la toma de decisiones, pues estas corresponden al Comité Técnico, Administrativo y de Supervisión, ni tampoco la supervisión de la contratación derivada
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